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Sanciones por Veri*factu: Multas por usar software de TPV no verificado

👤 Redacción Técnica 📅 Publicado: septiembre 7, 2026 ⏱️ Lectura: 5 min

📍 Esta entrada forma parte de nuestra [Guía Completa sobre Veri*factu para Hostelería y Comercio].

La Ley Antifraude y el Real Decreto 1007/2023 no solo establecen las reglas técnicas de los programas de facturación, sino que introducen un régimen sancionador sumamente estricto en la Ley General Tributaria.

En este artículo analizamos cuáles son las multas por utilizar un software no adaptado y cómo proteger tu negocio ante una inspección de la Agencia Tributaria.

¿Qué persigue Hacienda exactamente?

La normativa busca erradicar el llamado «software de doble uso». Se considera software ilegal o no conforme a aquel que:

  • Permite llevar contabilidades paralelas («Caja B»).
  • Permite alterar, editar o eliminar ventas ya registradas sin dejar rastro.
  • No genera los registros de facturación de forma inalterable y encadenada.

Cuantía de las multas: ¿A cuánto ascienden?

El régimen sancionador distingue claramente entre el usuario del software (el dueño del bar, restaurante o tienda) y el proveedor/comercializador del programa:

MULTA PARA EL USUARIO / NEGOCIO

50.000 €

Por cada ejercicio fiscal en el que se haya utilizado o poseído un programa informático no conforme.

⚠️ Importante: La multa se aplica por la mera tenencia o uso del software no conforme, independientemente de que se haya ocultado facturación o no.

MULTA PARA DISTRIBUIDORES / SOFTWARE

150.000 €

Para las empresas que fabriquen, vendan o distribuyan programas informáticos que no se ajusten a la ley o que faciliten la ocultación de ventas, por cada ejercicio y por cada tipo de software comercializado.

¿Cómo demostrar ante un inspector que tu TPV cumple la ley?

Durante una inspección fiscal, no basta con decir que tu programa es legal. La normativa establece que el usuario debe aportar la Declaración Responsable expedida por el fabricante del software.

📄 La Declaración Responsable de Software:

Es el documento oficial donde la empresa desarrolladora (como KlaroPOS) certifica formalmente que el programa cumple con todos los requisitos técnicos y legales del RD 1007/2023.

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Escrito por Redacción Técnica KlaroPOS

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